| Especialidades Geológicas |
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El Colegio de Geólogos de Costa Rica, con base en el ártículo 13 de la ley Nº 5230 y el Reglamento Nº 6419 y sus modificaciones a lo largo de todos estos años ha realizado y controlado el ejercicio profesional de todos sus agremiados. Estos con base en su experiencia profesional, ética y moral, pueden optar por obtener una especialidad que otorga el Colegio con base en los siguientes requisitos: - Grado académico universitario que lo indique expresamente. - Publicaciones y trabajos que le puedan comprobar que se ha relacionado a la actividad a la cual solicita la especialidad. |